Por lo que he ido leyendo (lamentable episodio y agradeciendo que el resultado fuera si bien triste, no trágico):
Me hago la pregunta: ¿quien es, léase "con qué autoridad puede", un vigilante de seguridad corriente y moliente, ordenar a ningún barco abandonar un puerto?
Los reglamento de régimen interno que en primera instancia obligan a las embarcaciones a seguir las indicaciones de Capitanía de Puerto, no facultan en ningún momento al personal subalterno a suplantar las funciones de dicha autoridad. Luego ese vigilante debería responder de sus actos ante la justicia por los posibles delitos y ante el puerto por negligencia en sus funciones (se presume negligencia en caso de comisión de ilegalidad).
Y si efectivamente a alguien de Capitanía le pareció buena idea dejar al vigilante de seguridad "encargado" (técnicamente "delegar") de las decisiones de Capitanía fuera de horario de atención al público, deberían comerse con patatas el marrón y asumir consecuencias.
Lamentablemente, los tripulantes del Defiant, acostumbrados a otra manera de hacer, entendieron que las ocurrencias del vigilante eran relevantes. Aquí el error de temer más a un vigilante haciendo ronda que a un temporal.
Me uno a la reivindicación general de los puertos cómo abrigo seguro en caso de peligro desde hace siglos y siglos, y que obligar a alguien a tomar en riesgo su vida, la de los demás ocupantes de la embarcación, la de los medios de Salvamento marítimo, daños materiales, y daños mediambientales por comodidad es, además de una aberración, una flagrante ilegalidad.
Y si la oficina de Capitanía de Puerto está cerrada para atender una arribada forzosa, está también cerrada para no poder obligar a nadie a salir del puerto (si acaso es necesario que lo digan los que SI están trabajando 24h en el canal 16).
He dicho. Malditos sean los pitaras de despacho que no distinguen un bolardo de una cornamusa
