Cita:
Originalmente publicado por coyote III
Buenos días, no recuerdo si esto ya se habrá preguntado y respondido, pero cuales son los requisitos de seguridad en polonia que tenemos, en principio, que cumplir nosotros. [...]
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Los barcos de recreo no comerciales con bandera polaca y eslora de hasta 15 m no están sujetos a inspección técnica ni a inspecciones de seguridad.
No obstante, estos barcos pueden ser inspeccionados voluntariamente a solicitud del armador, y se les puede emitir un documento de seguridad. Si un barco de recreo se somete voluntariamente a inspección y se le expide un documento de seguridad, debe cumplir obligatoriamente con todos los requisitos exigidos por la Ley de Seguridad Marítima polaca. La supervisión técnica de los barcos de recreo puede ser ejercida por el Registro Naval Polaco (PRS) y, si el barco tiene menos de 15 m de eslora, también por la PZŻ.
Los barcos que obligatoriamente estén sometidos a inspección de seguridad, y los que se sometan a ella voluntariamente, estarán exentos de supervisión durante un período de 10 años si disponen de marcado CE; el plazo se computa a partir de la fecha de emisión de la declaración de conformidad CE, siempre que el barco no haya sido dañado o que no se hayan introducido cambios en el casco, la maquinaria o el equipo.
Saludos y
