Buenas tardes, cofrades:
Quiero exponer una duda que podría ahorrar trámites innecesarios a los cofrades que están pasando del ICP holandés a un abanderamiento en Registro:
Si el ICP no es un verdadero Registro, ¿por qué hay que darse de baja? Para darse de alta en un verdadero Registro sólo se necesita la baja del verdadero Registro anterior.
Quizá esto suene raro en España, pero en el Reino Unido o en los propios Países Bajos uno puede tener un barco durante lustros sin registrar en ninguna parte; cuando uno lo registra (sea donde sea), no puede aportar ninguna baja porque el barco no ha estado registrado en ningún sitio.
En tales condiciones, para abanderar un barco que haya tenido ICP, sólo habría que aportar la baja del registro anterior (si existe) a la obtención del ICP holandés, y dejar que éste caduque de modo natural pasados los dos años desde su expedición.
Dicho esto,
¡Feliz año 2021!
Saludos,

y
