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Antiguo 02-03-2021, 23:44
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Hermano de la costa
 
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Originalmente publicado por llanera Ver mensaje
Me estas dando la razón, ¿Qué paso inocente existe en un barco de 6 metros de eslora, que navega todos los días del año en aguas jurisdiccionales españolas?, con patrón español y armador español, el "paso inocente" es otra cosa y esta legislado para otras circunstancias, de ahí mi indicación de fraude de Ley.
Efectivamente. El derecho de paso inocente está regulado y no se adecuan las navegaciones en litoral español del 99% de las embarcaciones de recreo con pabellón extranjero a sus requerimientos. Pero ese no es el tema sobre el que pretendo conversar y convencer ( si me dejan ) . Mi único interés es el tratar de demostrar que en el mar territorial, el estado español es soberano de pleno derecho para modificar cuantas normas considere del tema que estamos tratando , al igual que otros estados soberanos de UE lo han hecho y nadie se ha quejado ( ej recientes Bélgica y Holanda)... y no me meto en a quien perjudicará o a quien beneficiará o perjudicará.

También creo que no se comete fraude de ley porque la ley española lo permite ( en mi opinión,porque cometieron un error de transcripción en la DA de marrras de la ley del IMpuesto Especial de determinados medios de transporte.) ....y antes que cambiar la ley con sus consiguientes líos, modifican requisitos a residentes en España con pabellón extranjero para no romper principios de igualdad etc etc

Editado por scampolo en 03-03-2021 a las 00:13.
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