Te estás haciendo un poco la picha un lío. Entiendo que lo que llamas "línea" 6 es la lista 6ª. El tema de las listas es para embarcaciones con pabellón español, o sea, si mantienes pabellón español y quieres tener el barco en lista 6ª y poder navegar con él, deberás haber pagado el IVA, a parte de impuesto de transmisiones, etc. ya que si no pagas el IVA y lo declaras como si fuera de una empresa, como te pillen, te crujen y te toca pagar el IVA + sanción.
En caso de abanderar con pabellón polaco ya se me escapa. Ahí tengo varias dudas sobre si una persona con nacionalidad española puede tener un barco con bandera de otro país para lucrarse con este. Seguro que hay alguna forma en la que se pueda, pero seguro que es bastante complicado (por ejemplo, si un ciudadano de la UE quiere, puede abrir un negocio en cualquier estado de la UE, pero claro, eso tal vez implica que deberías montar una empresa en Polonia, que el barco sea de esta empresa y tu, como empresario de la UE lo explotes dentro de la UE. Maniobras más extrañas he visto, pero no vienen a cuento en este foro.
