Dos millas desde un puerto, abrigo o playa accesible.
Para navegacion paralela a la costa tenemos que tener habilitado el barco en zona 4 como minimo
(hasta 12 millas paralelo a la costa) Y para eso tiene que tener como minimo la categoria C en su marcado CE.
La definicion de "playa accesible" siempre esta sujeta a muchas interpretaciones y depende del criterio de las Capitanias o incluso de las ganas que tenga algun funcionario de tocarnos los.........

http://www.navegar.com/atribuciones-...cias-de-costa/