Al hilo de lo que se comenta aquí sí, por ejemplo, eres residente español, tu barco no tiene pagados el IEDMT y el ITP. Vas a hacer una travesía desde Portugal a Cabo Verde y haces una parada de unos días en Canarias para avituallamiento, ¿podrían poner una sanción por impago?.
Por otro lado, ¿es cierto que, transcurridos 5 años se está exento del pago de los mismos? ¿Cómo se demostraría?.
Gracias y un saludo
