Re: Abanderamiento En Polonia
Señores dejemos este estado paranoico que está creando el decreto. En las doce millas podrán pedir la documentación y lo reglamentario a dónde te encuentres. A partir de las doce millas aguas internacionales, sabéis de algún agente de la autoridad que haya entrado en embajada o consulado a "pedir papeles". Vaya por delante que mi barco es más seguro que el de algunos vecinos de pantalán con bandera española que sus barcos son de orza abatible,motor fuera borda en el mejor de los casos de 25 CV y están en zona 2 y 3. Que algún ingeniero naval me lo explique por favor.
Además el TS ha creado suficiente jurisprudencia sobre lo que se reputa como domicilio/morada.
Mi más sentido pésame para los funcionarios de la Guardia Civil del Mar que hayan de intentar aplicar el decreto?
En éste colectivo hay personas de todas las profesiones que comparten una afición, el mar.
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