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Antiguo 21-05-2021, 14:35
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Arpoilari
 
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Cita:
Originalmente publicado por Yakosub Ver mensaje
Si el barco tiene bandera española, aplica la legislación española, en la milla 13 como el la milla 13.000.

La legislación Española indica que un barco solo puede estar en una zona de despacho X según esté indicado en la ITB, con lo que si estás con un barco de 5m a 15 millas y te pillan, pues prepara la cartera...

Da lo mismo la titulación superior a PER...
Lo mio era en respuesta del cofrade que decia que fuera de las 12 millas, el servicio maritimo actua solo en supuestos delictivos.
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