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Antiguo 26-05-2021, 22:06
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Piratacojo Piratacojo esta desconectado
Corsario
 
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad


1. Con independencia de la modalidad de utilización, cualquier usuario de una
moto náutica, tanto si está a su gobierno como si es pasajero, deberá llevar puesto
un chaleco salvavidas homologado por la autoridad que corresponda según la
nacionalidad del propietario
, salvo que posea el marcado de conformidad CE. El
chaleco tendrá un mínimo de 100 N de flotabilidad y deberá disponer de un silbato
para llamar la atención.
2. Excepcionalmente, se podrá utilizar una ayuda a la flotación de 50 N
homologada por la autoridad que corresponda según la nacionalidad del propietario,
salvo que posea el marcado de conformidad CE, en las modalidades de utilización
de alquiler por horas o fracción en circuito y de auxilio y salvamento marítimo por
instituciones u organismos públicos, así como en el resto de modalidades cuando
las navegaciones se realicen en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías,
bahías abrigadas y aguas protegidas en general. En todo caso, se seguirán las
limitaciones de uso recomendadas por el fabricante de la ayuda y las definidas, en
su caso, en la homologación. La ayuda deberá disponer de un silbato para llamar la
atención.»

Alguno de la banda alquila motos a los guiris.
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Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas.
Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.
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