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Antiguo 27-05-2021, 10:22
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: decreto sobre material de seguridad

Cita:
Originalmente publicado por Piratacojo Ver mensaje

1. Con independencia de la modalidad de utilización, cualquier usuario de una
moto náutica, tanto si está a su gobierno como si es pasajero, deberá llevar puesto
un chaleco salvavidas homologado por la autoridad que corresponda según la
nacionalidad del propietario
, salvo que posea el marcado de conformidad CE. El
chaleco tendrá un mínimo de 100 N de flotabilidad y deberá disponer de un silbato
para llamar la atención.
2. Excepcionalmente, se podrá utilizar una ayuda a la flotación de 50 N
homologada por la autoridad que corresponda según la nacionalidad del propietario,
salvo que posea el marcado de conformidad CE, en las modalidades de utilización
de alquiler por horas o fracción en circuito y de auxilio y salvamento marítimo por
instituciones u organismos públicos, así como en el resto de modalidades cuando
las navegaciones se realicen en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías,
bahías abrigadas y aguas protegidas en general. En todo caso, se seguirán las
limitaciones de uso recomendadas por el fabricante de la ayuda y las definidas, en
su caso, en la homologación. La ayuda deberá disponer de un silbato para llamar la
atención.»

Alguno de la banda alquila motos a los guiris.
Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
Dice propietario, no el que alquila. El RD es muy discutible y no me gustan muchas cosas, pero lo del chaleco en las motos de agua me parece correcto.

Un saludo.
Cita:
Originalmente publicado por SMJJ Ver mensaje
dice usuario, nada habla de propietario
Vuelve a leerlo.

Un saludo.
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