Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
En mi opinión, lo más inmediato es la impugnación directa del RD por vía de recurso contencioso-administrativo. Hay DOS MESES de plazo, a contar desde la fecha de publicación. No digo más.
Saludos y 
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Yo me apunto a interponer un contencioso con mi apoyo económico, habría que tener una opinión especializada si es viable y de su coste. Y montar un grupo que aporte económicamente.