Cita:
Originalmente publicado por j.lezama
la zona 5 no es navegar " por una línea paralela a la costa " la zona 5 es una zona comprendida a 5 millas " en cualquier dirección de puerto, marina, abrigo o playa "accesible " no todas las playas son accesibles por mar y tierra para socorrer a una persona, ¿ por que se llama a esa zona ¿Costa Brava ?
en fin es su responsabilidad, pero debe saber que si entre una zona y otra
lo para la GC le va a Pedir el despacho del barco, el titulo, y el material de seguridad, ( pirotecnia ) de la zona 4 que será en la que se encontrara navegando, espero que le vaya todo bien,
además fíjate que hace mención a que tiene " Licencia de Navegación "
saludos
|
La normativa no dice nada sobre que deba ser accesible por tierra, se refiere a "refugio" para el barco. Yo con mi barco de 5 metros y quilla relevable puedo desembarcar en cualquier playa. En teoría, claro, la mayoría de la veces ni se me ocurriría
