decreto sobre material de seguridad
Antes eran obligatorias las cartas náuticas y portulanos, en zonas 1, 2, 3 y 4.
El resto de publicaciones náuticas sólo eran obligatorias para barcos en zona 1.
Ahora, están las que citas y alguna más, como la guía sanitaria, que serán obligatorias incluso para barcos con cabina cerrada en zonas 5, 6 y 7.
No sabemos si se pueden llevar en pdf o es obligatorio en papel. Hay que llevarlas actualizadas. Muchas sólo se pueden conseguir comprandolas, otras no hay posibilidad de conseguirlas.
Esto es un despropósito. Por el resto del material, si hay cierto beneficio, como alargar las inspecciones de las balsas salvavidas (ojo, que depende de lo que diga el fabricante y me temo que las homologadas por la DGMM no van a estirar mucho el periodo entre inspecciones) y que el número de chalecos es para las personas a bordo. Sólo veo como mejora la obligación de poner luz a los chalecos, aunque hubiera preferido que fuera una recomendación en vez de una obligación.
Por lo demás, un truño. Obsoleto, no recoge los avances técnicos de estos años, nos complica la existencia. No veo apenas diferencias con el anterior. Una pérdida de tiempo.
Saludos, Óscar
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