Cita:
Originalmente publicado por ecoalf
Creo que nos estamos liando un poco, cuando me refiero a las cartas Imray, no pregunto si son oficiales, que ya se que no. Me refiero a que si en el RD 339/2021 requieren que sean las oficiales o simplemente tienen que ser cartas náuticas en papel de la zona en la que navegues, y pueden valer las Imray. El RD339 dice esto respecto a las cartas:
c) Cartas náuticas. Se llevarán las cartas actualizadas que cubran los mares por los que se navegue y los portulanos de los puertos que se utilicen, así como los útiles necesarios para su uso.
Como veis en el Artículo 12. Material náutico. apartado C, no dice nada de cartas oficiales. ¿Alguien puede afirmar que se pide en este apartado?
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Entiendo que no tienen que ser oficiales pues no lo dice...yo tengo las antiguas que ya tenía de Cartografia nautica SL e imprimo los avisos de navegantes de mi zona...entiendo que así voy legal...con el derrotero igual, tengo el Imray de hace años más los avisos de navegantes impreso desde la web del IHM...