Inspecciones e impuestos bandera extranjera
El impuesto es sobre el medio de transporte. No tiene nada que ver la operación de compraventa.
En el BOE pone claro que se usen las tablas del ITP como referencia. Si no está el modelo concreto, debe servir uno similar o superior.
Lo demás son cuentos de los inspectores.
De hecho ese es el tema para el ITP: va sobre el contrato, pero como sea bajo, a las tablas.
¿O es que no se va a poder vender por lo que uno quiera?
ITP:Si vendes bajo: tablas.
MATRICULACION: Tablas.
Saludos.
|