Al ser menor a 2,5 m y motor inferior a 15 cv no se considera Embarcación de recreo, por lo tanto no tienes que hacer nada en capitanía, no es su competencia. Es recomendado llevar un justificante de compra: factura o contrato de compra-venta de la embarcación y/o del motor. También es muy recomendable asegurar la embarcación sobre todo si llevas motor, las hélices son muy peligrosas. Para las normas y limitaciones echa una ojeada a este documento:
http://pdfsam.es/wp-content/uploads/...18-firmado.pdf