Evidentemente, siempre se puede vender cualquier cosa por lo que se quiera.
Ahora bien, Hacienda (en este caso la autonómica, ya que ese impuesto, el
de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, está transferido
a las comunidades) te está esperando. El sistema de cálculo es muy parecido
al que se usa en los bienes inmuebles, tan solo, que estos últimos se basan
en vez de tablas, en el valor catastral. Se paga en función del precio escriturado
o el del valor catastral, multiplicado por un coeficiente "x" que la propia Junta
de Andalucía (en mi caso) ha designado. El mayor de los dos.
Nos puede gustar más o menos, pero es el sistema que hay. Y veo muy difícil
que cambie. Por mucho que no nos guste pagar impuestos, es lo que toca.
Salud y
