Cita:
Originalmente publicado por Jota
Ninguna intención. Unicamente que la LEB en la española te obliga a declarar cada elemento emisor de radiofrecuencia, y por tanto, una segunda emisora tendria que incluirse, previa instalación por instalador autorizado y tal.
Y, simplemente, no se si los otros abanderamientos exigen lo mismo y tener que declarar también una segunda estación o se puede considerar un "portatil"
|
En general, otras Administraciones son menos tiquismiquis que la española, como no podía ser menos. Yo, por ejemplo, tengo incluida en la licencia radio sólo el equipo base; es más, pienso que no tiene sentido declarar un equipo (la segunda estación) que no puede funcionar si no es conectada al equipo principal.
Saludos y
