Re: NORMATIVA: ¿en qué horario se puede pescar?
la normativa al menos en mi comunidad es clara.
LO que primero tenemos que tener claro es el tipo de pesca.
la SUBMARIN solo se puede ejercer entre el orto y el ocaso.
La de superficie ( de tierra) esta permitida las 24 h del dia.
La de embarcación, en comunidades que tengan transferidas las competencias de inspección y control para aguas INTERIORES ( no confundir con continentales) decide cada comunidad si la pesca nocturna se prohíbe o no, en la comunidad autonoma vasca, Asturias, galizia esta prohibida.
En aguas EXTERIORES ( fuera dé las líneas base) esta permitida la pesca nocturna desde embarcación.
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