Re: Instalación aguas negras mínima en precio y tamaño (nuevo decreto)
Yo lo que leo es:
"3. Las embarcaciones de recreo dotadas de inodoros deberán estar provistas de uno de los siguientes equipos:
a) Sistema de retención de las aguas sucias generadas durante su permanencia en espacios en los cuales existan limitaciones de descargas de este tipo de aguas, y con la capacidad suficiente para retener todas las aguas sucias, habida cuenta de la duración de la navegación, el número de personas a bordo y otros factores pertinentes. (..)."
Según esto con tener un WC químico "con la capacidad suficiente para retener todas las aguas sucias, habida cuenta de la duración de la navegación, el número de personas a bordo" ya cumples la ley. Debería dar igual si además tienes 1 o más wc a la antigua usanza con descarga al mar. No dice que haya que tenerlos todos, sino al menos uno.
Pues ya está. Se compra un wc químico y lo guardamos en el tambucho, y sin duda estamos cumpliendo la ley.
Editado por Tambo en 27-09-2021 a las 02:07.
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