Según mis informaciones si haces un contrato de compraventa del motor donde figura marca, modelo, potencia y numero de serie del motor en cuestión es correcto. De hecho ahora ni siquiera figuran esos datos en la documentación del barco (me refiero al número de serie).
Al menos eso es lo que me indicó mi gestoría náutica. Ese contrato entiendo que supone un título de propiedad suficiente. En caso de duda habría de ser responsable el vendedor.
Que me corrijan si me equivoco, pero así es como llevo yo el mío ya que al comprar el barco el motor no correspondía con el de la primera inscripción (entonces si que constaban todos los datos del motor en los papeles).
