Buenos días, cofrades:
Dado que el marcado de rueda de timón se ha mencionado últimamente, creo conveniente hacer algunas aclaraciones al marcado de productos dentro de la UE.
1. El marcado CE
El marcado CE
es obligatorio para que una serie de productos puedan ser comercializados dentro de la UE. Más información, aquí:
https://europa.eu/youreurope/busines...g/index_es.htm
y el Reglamento, aquí:
https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210716&from=EN
¡No os lo leáis, es un ladrillo!
Ojo, no hay que confundir el marcado CE con el marcado “China Export”:
2. La Directiva RED
La Directiva RED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de los equipos radioeléctricos que se comercialicen dentro de la UE;esta evaluación la efectúan unos organismos independientes, llamados organismos notificados. Algunos equipos radioeléctricos que se instalan en barcos de recreo están sometidos a la Directiva RED.
El texto de la Directiva RED, aquí:
https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...180911&from=EN
3. La Directiva MED
La Directiva MED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de ciertos equipos que se instalen en los barcos abanderados en países miembros de la UE; la evaluación también la efectúan los organismos notificados. Los equipos a los que afecta la Directiva MED son los siguientes:
- Equipos de salvamento SOLAS
- Equipos de prevención de la contaminación según MARPOL
- Equipos de radiocomunicaciones SOLAS
- Equipos contraincendios SOLAS
- Equipos de navegación SOLAS
- Equipos requeridos según el RIPA
- Otros equipos que no son de aplicación a barcos de recreo
El texto de la Directiva MED, aquí:
https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210811&from=EN
La Directiva MED exige el marcado de los equipos que obtengan la conformidad con una rueda de timón:
4. ¿Y el Brexit?
Tras el Brexit, el Reino Unido marca sus productos con el sello UKCA/UKNI:
Ojo, porque los productos marcados UKCA no puedan comercializarse en la UE si no tienen el marcado CE.
5. Conclusiones
Tres, todas ellas importantes:
La primera,
el marcado de rueda de timón no lo concede la DGMM.
Otra,
no todos los equipos que se instalen en barcos de recreo tienen que llevar el marcado de rueda de timón. Esto es particularmente cierto en el caso de los barcos que no están incluidos dentro del convenio SOLAS, como son la mayor parte de los barcos de recreo.
Y finalmente, se concluye que aplicar una homologación nacional (la célebre doble homologación) a equipos que ya tienen el marcado CE o el de rueda de timón, o que cumplen la Directiva RED, es una estupidez sólo propia de quienes ya sabemos…
Saludos y
