La orden FOM 1144/2003 fue derogada por el nuevo Real Decreto 339/2021
De todas maneras esa cuestión no ha cambiado, en España se asocia en las normativas la categoria de diseño C con la zona de navegación 4 que son 12 millas.
Creo yo que si al lado de la costa te sorpernde un viento y oleaje por encima de fuerza 6 y altura 2 no es multable. por que es como si te multan por llover.
