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Antiguo 29-12-2021, 19:53
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Pirata
 
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Predeterminado Re: ¿Hasta donde puedo navegar?

Cita:
Originalmente publicado por Vicalofaro Ver mensaje
La orden FOAM a la que haces referencia ha sido derogada por el RD que salió publicado este año.
Si cumples las condiciones que salen en el RD, si puedes.
Vale, ya he encontrado el real decreto al que haces referencia https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8268

Me queda claro entonces que puedo navegar a 12 millas llevando el equipo de seguridad pertinente siempre y cuando el estado de la mar y el viento se encuentren en circunstancias apropiadas. Muchas gracias por vuestras respuestas y unas ronditas

Pongo los párrafos a los que hace referencia por si a alguien más le puede servir.

Artículo 3. Zonas de navegación y categorías de diseño.

3. Las embarcaciones de recreo con marcado CE estarán facultadas para navegar por las zonas de navegación correspondientes a su categoría de diseño, en función del equipo de seguridad y de prevención de la contaminación a bordo, de acuerdo con lo siguiente:

a) Categoría de diseño A: Zonas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

b) Categoría de diseño B: Zonas 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

c) Categoría de diseño C: Zonas 4, 5, 6 y 7.

d) Categoría de diseño D: Zona 7.

4. Las embarcaciones de recreo sin marcado CE estarán facultadas para navegar en su zona de navegación asignada, en función del equipo de seguridad y de prevención de la contaminación a bordo.

5. Las embarcaciones de recreo no navegarán en situaciones de olas y viento superiores a las de su diseño.
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