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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Examen PPER, sábado 2 de abril 2022

Publicada en el BOE todo la información referente al próximo examen PPER.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/02/...-2022-2032.pdf

A diferencia del año pasado, hay que ser Capitán de Yate para inscribirse:

Requisito y solicitud para presentarse a las pruebas de conocimiento.
1. Podrán presentarse aquellos ciudadanos que estén en posesión del título de capitán de yate de conformidad con el apartado Tercero punto 3 de la Resolución de 12 de julio de 2017, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33 Martes 8 de febrero de 2022 Sec. III. Pág. 16664cve: BOE-A-2022-2032 Verificable en https://www.boe.es
establece las atribuciones y el procedimiento de obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.



La solicitud de inscripción:

Solicitud para presentarse a la prueba de conocimiento a superar por los
aspirantes al Certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones
de recreoApellidos:
.................................................. .................................................. ................................................
Nombre............................................ ..............................DNI/NIE/Pasaporte.....................
Teléfono.......................................... .................................................. ....................
Correo electrónico....................................... .................................................. ..........
Fecha de nacimiento........................................ ..... Nacionalidad...................................... ..........
Domicilio: .................................................. .................................................. ................................
Convocatoria del mes de................................................ ...........................................
Declaro que soy poseedor del título de Capitán de Yate con n.º ..................., expedido por
(señale quien expide):
Dirección General de la Marina Mercante.
Comunidad Autónoma de ....................................... .


El Temario:



Temario de la prueba de conocimiento
1. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposiciones generales: Marina Mercante, Objetivos, Zonas y tipos de navegación. Flota civil y plataformas. Empresas navieras (Título preliminar: Capítulo III). Medidas que garantizan la actividad portuaria y la navegación (Libro III: Título III). Régimen sancionador en el
ámbito de la Marina Mercante: Infracciones (Artículos 305 a 310). Sanciones y otras medidas (Artículos 311, 313 y 314). Procedimiento, medios de ejecución y medidas cautelares (Artículos 319 a 320) (Libro tercero: Título IV).
2. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Disposiciones generales(Título Preliminar). Ordenación administrativa de la navegación (Título I): Ámbito de aplicación de las normas de policía (Capítulo I). Régimen de estancia en aguas interiores marítimas y en puerto (Capítulo II). Régimen general de la navegación marítima (Capítulo III). Buques, embarcaciones y artefactos navales (Título II: Capítulo I). Dotación
(Título III: Capítulo III).
3. La Administración marítima (1): Administración central (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo I). Funciones y estructura de la Dirección General de la Marina Mercante: Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
4. La Administración marítima (2): Administración periférica (Texto Refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo II).
Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y
los Distritos Marítimos: Disposiciones generales: Objeto. Coordinación con otros
organismos y entidades (Capítulo I). Funciones de los Capitanes Marítimos y de los
Jefes de Distrito (Capítulo II).
5. El Reglamento sobre el Despacho de Buques aprobado por la Orden de 18 de
enero de 2000.
6. Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de
seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo: Disposiciones generales
(Capítulo I). Notificación y seguimiento de los buques (Capítulo II). Seguimiento de los
buques peligrosos e intervención en caso de problemas y accidentes en el mar (Capítulo
IV). Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por el Real
Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre: Obligaciones de operadores, empresas
operadoras, capitanes y patrones de los buques (Título II: Capítulo I: Artículo 14).
7. Real Decreto 62/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba el reglamento de
las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar,
aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-
deportivas.
8. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el
abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y
séptima del registro de matrícula de buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por
el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas
embarcaciones de recreo.
9. Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se regula el Reglamento del
seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo
o deportivas.
10. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo: Disposiciones generales
(Capítulo I). De las actividades de formación (Capítulo VI). Régimen de inspecciones,
infracciones y sanciones (Capítulo VII). Disposiciones adicionales. Real
Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de
la marina mercante: Límite de alcohol en sangre (Artículo 44).
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33 Martes 8 de febrero de 2022 Sec. III. Pág. 16668cve: BOE-A-2022-2032
Verificable en https://www.boe.es
11. Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, sobre inspecciones de las
embarcaciones de recreo.
12. Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de
seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.
13. Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de
seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones
deportivas y sus componentes. Capítulo I Disposiciones generales. Capítulo II Libre
circulación de productos. anexo I Requisitos esenciales: Apartado A Requisitos
esenciales para el diseño y la construcción de los productos contemplados en el
artículo 2; Apartado B punto 1 Identificación del motor de propulsión. anexo II
Componentes de las embarcaciones.
14. Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo, 1979:
Términos y definiciones. Organización y coordinación. Procedimientos operacionales.
Sistemas de notificación para buques. Convenio Internacional sobre Salvamento
Marítimo, 1989: Disposiciones generales. Ejecución de las operaciones de salvamento.
Derechos de los salvadores. Reclamaciones y acciones. Sociedad de Salvamento y
Seguridad Marítima: Naturaleza, denominación y objeto. Objeto de la Sociedad. Órganos
de gobierno y gestión (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante: Libro Segundo: Título II: Capítulo III).
15. Ley 14/2014, de Navegación Marítima de 24 de julio: Del registro y
documentación de los buques (Titulo II: Capítulo II). De la nacionalidad de los buques
(Titulo II: Capítulo III). Derechos de garantía sobre el buque (Título II: Capítulo VII).
16. Código Civil: Capítulo IV Normas de derecho internacional privado: Párrafo 2
del artículo 10 y artículo 11 (Título preliminar); Capítulo III De la forma de celebración del
matrimonio, excepto Sección 3.ª (Libro Primero. Título IV); Capítulo IV De la inscripción
del matrimonio en el Registro Civil, excepto los artículos 63 y 64 (Libro Primero. Título
IV); Capítulo II De la declaración de fallecimiento: artículo 194 (Libro Primero. Título VIII);
Capítulo I De los testamentos, excepto Sección 7.ª (Libro tercero. Título III).
17. Real Decreto 1381/2002, de 20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de
recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga.
18. Convenio MARPOL: Conocimiento general del articulado. anexo IV: Aguas
sucias y el anexo V: Basuras.
19. Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo
de los buques civiles españoles, aprobado por el Real Decreto 1185/2006, de 16 de
octubre: Escucha continua en la frecuencia de socorro (Disposición transitoria segunda).
Régimen general: Disposiciones generales (Capítulo I: Sección I). Preceptos técnicos
comunes a todos los buques (Capítulo I: Sección II). Instalaciones radioeléctricas y
equipos: Generalidades (Capítulo I: Sección IV). Otros buques: Preceptos comunes
(Capítulo IV: Sección I). Equipamiento radioeléctrico para buques y embarcaciones de
recreo (Capítulo IV: Sección II).


La convocatoria:

Convocatorias del año 2022
Localidad y fecha de celebración del examen teórico para el año 2022:
Primera Convocatoria: abril de 2022.
Madrid.
Fecha del examen: sábado, 2 de abril de 2022.
Lugar de celebración de la prueba: Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma
de Madrid, calle Kelsen, 1, 28049.
Inicio de Matrícula: 1 de marzo de 2022.
Fin de Matrícula: 25 de marzo de 2022.
Segunda Convocatoria: Pendiente de publicación.
Citar y responder