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Antiguo 16-02-2022, 18:55
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Benito Soto piratagallego
 
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Predeterminado Respuesta: Re: navegacion nocturna para barco despachado para 2 millas

Cita:
Originalmente publicado por yaytor Ver mensaje
https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...OE-A-2021-8268
aqui dejo el enlace de normativas de seguridad , pero no me saca de dudas en cuanto a las luces,espero que os sirva
Hola yaytor, como te dije en mi anterior respuesta, y de la contestación de tu titulación, puedes navegar de noche en zona 6, hasta 2 millas de puerto, marina o lugar de abrigo lo pone en
CAPITULO I,
Disposiciones Generales,
Artículo 3.
Zonas de navegación y categorías de diseño
1. Se distinguen las siguientes zonas de navegación:
f) Zona 6: Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible.
2. Se entiende por abrigo como un lugar en el que fácilmente puede refugiarse una embarcación y permitir la llegada a tierra de sus ocupantes.


Y en el CAPÍTULO III
Equipos de navegación
Artículo 10. Luces, marcas y señales acústicas.
3. Las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 4, 5, 6 o 7, que realicen exclusivamente navegaciones diurnas, podrán llevar, si su eslora total es menor de 12 metros, luces no certificadas u homologadas, siempre que tengan una visibilidad mínima de 1 milla náutica. Si su eslora total es menor de 7 metros, se podrá prescindir de las luces de navegación, llevando, en su defecto, una linterna eléctrica de luz blanca.


Espero que esto te aclare tus dudas.

Saludos
Rafa
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yaytor (19-02-2022)