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Antiguo 17-02-2022, 08:15
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: navegacion nocturna para barco despachado para 2 millas

Cita:
Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Hola yaytor, como te dije en mi anterior respuesta, y de la contestación de tu titulación, puedes navegar de noche en zona 6, hasta 2 millas de puerto, marina o lugar de abrigo lo pone en
CAPITULO I,
Disposiciones Generales,
Artículo 3.
Zonas de navegación y categorías de diseño
1. Se distinguen las siguientes zonas de navegación:
f) Zona 6: Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible.
2. Se entiende por abrigo como un lugar en el que fácilmente puede refugiarse una embarcación y permitir la llegada a tierra de sus ocupantes.


Y en el CAPÍTULO III
Equipos de navegación
Artículo 10. Luces, marcas y señales acústicas.
3. Las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 4, 5, 6 o 7, que realicen exclusivamente navegaciones diurnas, podrán llevar, si su eslora total es menor de 12 metros, luces no certificadas u homologadas, siempre que tengan una visibilidad mínima de 1 milla náutica. Si su eslora total es menor de 7 metros, se podrá prescindir de las luces de navegación, llevando, en su defecto, una linterna eléctrica de luz blanca.


Espero que esto te aclare tus dudas.

Saludos
Rafa
Como siempre, la normativa no solamente NO ACLARA sino que la lía tremendamente; si "realizan exclusivamente navegaciones diurnas" para qué carajo quieren luces.
¡Viva la Cacharrera!

Parece broma pero es serio. No da para brindar
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