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Originalmente publicado por Manuel_Luis1404
Pues si puede proponer para sanción al igual que la agencia tributaria si te hace una inspección y no llevas en regla toda la documentación incluido seguro.
Hasta una patrullera de la armada que este de vigilancia de zona te puede reclamar toda la documentación.
saludos
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Manuel, seguro que es así. Aún así, sigo teniendo dudas. En Madrid, en adquisiciones de bienes muebles de importes inferiores a 500 euros, ese impuesto está bonificado al 100% y no hay obligación de presentar autoliquidación. ¿Eso lo sabe el guardia?. ¿Y si ha prescrito la obligación del pago del impuesto? ¿Y si has heredado el motor? En ese caso no hay ITP ¿tienes que llevar también sucesiones y enseñárselo?
Yo creo que la competencia fiscal de la Guardia Civil del mar es en otros ámbitos.
Dicho esto, tampoco estoy seguro.
