Si el barco ha estado antes bajo pabellón español, en la hoja de asiento figura una entrada que indica que se han satisfecho los impuestos correspondientes. No sé si este es el caso cuando el barco está exento del pago del impuesto. Si no figurase el pago del IEDMT supongo que será fácil obtener un documento que certifique la exención.
Hay veces que tengo la impresión de que la Agencia Tributaria es más sensata que la DGMC, ¡que ya es decir!
Saludos y
