Aprobado!! Con 22 de 30, tampoco demasiado sobrado.
Así en principio no veo preguntas para impugnar, que preguntaba alguien antes. Si acaso, efectivamente la de las tarjetas vs título como ambas válidas. En la web de la Junta de Andalucía, por ejemplo, habla de las tarjetas así:
"Expedición de la tarjeta, como documento acreditativo de que su poseedor ha obtenido la titulación que le faculta para el gobierno de las embarcaciones de recreo. El formato de la tarjeta es el previsto en el Anexo VII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo."
