Re: Bandera británica
Para evitar alquileres encubiertos y otras maniobras relacionadas con la residencia, la bandera y los impuestos, los de Hacienda no admiten un papel escrito y firmado por el supuesto propietario autorizando el uso del barco a otro. Esto en el caso de barco de bandera extranjera y usuario residente en España.
Hacienda interpreta esto de la peor manera posible y puede aplicar sanciones.
Un residente en España puede patronear un barco de bandera extranjera que no es suyo en caso de haberlo alquilado o en caso de trabajar como patrón. En ambos casos hay que demostrarlo con los contratos legales.
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