Re: Capitán de yate
El lío de las atribuciones de Capitán de Yate se deriva de dos decretos diferentes.
Por una parte, el decreto sobre titulaciones náuticas deportivas deja claro que el título de Capitán de Yate permite patronear embarcaciones deportivas con un límite de eslora de 24m.
Pero en 2014, la DGMM sacó un Decreto sobre Megayates (Buques de recreo), o sea, barcos privados de más de 24m de eslora. El decreto hace referencia a cuestiones técnicas y de construcción, pero en el apartado de tripulaciones dice que, además de a los titulados profesionales "autoriza el gobierno de buques de recreo a Capitanes de Yate", saltándose las limitaciones del decreto de titulaciones deportivas.
Se entiende que un Capitán de Yate no puede estar contratado y, en mi opinión, permite el gobierno al propietario o a cualquier amigo que sea Cap. de Yate.
Es el típico lio de la DGMM con decretos que se contradicen. El decreto de megayates se puede consultar on-line.
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