Cita:
Originalmente publicado por El Temido II
Mi tarjeta, que por cierto, presenté la renovación antes de ayer, dice
textualmente:
......
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por la autocita.
A finales de Abril, presenté la renovación en la CARM y hoy me ha llegado el
nuevo título. Hay cosas nuevas, que creo que completan la información que
hemos ido exponiedo. A saber....
Las atribuciones básicas son:
- Embarcaciones de recreo (motor) de hasta 24 metros de eslora.
- Buques de recreo*.
- Patrón de moto náutica A.
- Navegación sin límites geográficos.
(En un segundo casillero, aparece como atribuciones complementarias,
la navegación a vela).
Un poco más abajo, en el apartado "Definiciones de Interés", nos aclara el
asterisco que lleva el punto segundo:
"2. Buque de recreo: Todo buque de cualquier tipo, con independencia de su modo de propulsión, cuya eslora de casco (Lh) sea
superior a 24 metros, con un arqueo bruto inferior a 3000 GT y capacidad para transportar hasta 12 pasajeros sin contar la
tripulación, destinado para la navegación de recreo, el turismo, el ocio, la práctica del deporte o la pesca no profesional, utilizado
por su propiertario o por cualesquiera otra personas, mediante arrendamiento, contrato de pasaje, cesión o cualquier otro título."
(Lo que va en negrita, es un corta/pega del PDF que he recibio).
Espero que resuelva las dudas de algunos. Salud y
