La compraventa y el abanderamiento son dos cosas distintas.
Sin embargo, la nueva propiedad se debe registrar en el Registro de abanderamiento, comunicando la compraventa y aportando los documentos que la Autoridad de Registro tenga establecidos, y que varían de un país a otro.
Esto no implica una baja en el Registro.
Lo normal es que el barco se venda con la bandera actual, y si el nuevo propietario no quiere o no puede mantener la bandera actual, dé de baja el barco en dicha bandera y alta en la que le convenga.
Por supuesto, si tu barco no está registrado en el Registro español, no tienes que hacer ningún trámite con ellos.
Lo que no recomiendo en ningún caso es que hagas tú el cambio de bandera antes de vender el barco; puede ocurrir que el comprador se eche atrás y te encuentres con que has hecho - a tu costa - un cambio de bandera que no necesitabas.
Saludos y
