Cita:
Originalmente publicado por dukdom
Claro. Esto es como la bolsa, tienes que entrar con lo que no necesites. Asumo que tendré más gastos que beneficios, pero a cambio tengo el ocio que tanto quiero y un sitio donde estar para mis días en Castellón. La idea de la lista sexta no es ganar dinero, lo que busco es reducir gastos jeje.
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Pues te metes en un lío, la lista 6, es y así lo dice la ley ;EMBARCACIONES CON ÁNIMO DE LUCRO.
Que significa esto, que se matricula en esa lista , como negocio y ganar tu dinero.
En la ley dice que su uso es “EXCLUSIVAMENTE PARA ALQUILER”, esto significa que siempre , siempre deberás llevar aunque vayas tú en el barco con un contrato de alquiler en fecha y forma, y por tanto facturar y declarar los ingresos.
Podrá tú autofacturar ? Si pero tendrás que declarar esos autoingresos, si no al final te inspeccionarán.
Para que puedas tú ir en esa embarcación, deberá tener el pago del impuesto de matriculación pagado y no exento ya que la excepción es solo si exclusivamente lo alquilas a terceros.
Tendrás que pasar la itb, cada dos años y no cada cuatro, y más exhaustiva, en fin un número mayor de gastos que ni se si te compensará al final, y si Lugo lo vendes, la segunda mano de este tipo de barcos está un poco estigmatizada, por no saber el trato que ha recibido, con lo que suelen malvenderse.
