Cita:
Originalmente publicado por neron666
¿Cuál de las siguientes actuaciones es legal en alta mar, de acuerdo con el Convenio de Montego Bay de 1982, cuando se ejerce por parte de un barco de guerra sobre un barco civil en tiempos de paz?
a) Captura y confiscación.
b) Presa.
c) Visita y registro.
d) Requisa.
hola a todos soy nuevo en el foro y queria formular una duda al que hizo este test, ya que estoy estudiando una oposicion en referente a este tema.
segun la pregunta anterior el servio de vigilancia aduanera podria visitar y registrar un buque que se encuentre en alta mar segun el art.110 de montego bay.gracias
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... y pueden hacerlo, naturalmente; aunque solo en los casos de trafico de estupefacientes o de personas. En cualquier otro caso quedaría sin efecto legal ese registro pues no está amparado por los tratados internacionales.
De todas formas yo no me preocuparía tanto por el artículo 110 de Montego Bay cuando el que debería suscitar tu atención en estos momentos es el artículo 4 de las Normas de La Taberna del Puerto.