Re: Visita De Aduanas
LO MÁS IMPORTANTE PARA ADUANAS: tener la hoja de registro original (o factura) donde consta que se pagó el IVA.
En algunos casos los barcos son anteriores al IVA (1 de enero de 1986) y en otros la venta se realizó entre particulares.
Creo recordar que el hecho de tener la baja de bandera Española ya justifica que un barco estaba al corriente de impuestos al solicitarla porque es un paso previo para que la concedan.
Tampoco todo el mundo tiene justificante del pago del IVA aunque lleve pabellon Español, por ejemplo en barcos que se compran de tercera, cuarta ó quinta mano, en ese caso lo logico seria exigir el justificante de pago del impuesto correspondiente al ultimo cambio de titular.
Solo como duda existencial, ¿a partir de cuantos años se considera prescrita la obligacion de justificar el pago del IVA? en muchos impuestos son 4 años, en este caso no lo se.
Como ejemplo pongo mi caso; Compre mi barco en Francia a un particular y es del año 1982, lo traje a Valencia en el 2003 y lo abanderé aqui pagando mis impuestos correspondientes, en 2016 solicite baja del pabellon Español y lo abanderé en Belgica y hace un año lo di de baja en Belgica para abanderarlo en Polonia.
.-Asi que el barco tiene 39 años (No existia el IVA).
.-Hace 20 años que esta en España a mi nombre (entre particulares no existia el IVA).
.-En ese tiempo a llevado 4 pabellones, por lo tanto ese barco a pagado sus impuestos en cuatro paises.
Como para exigir el IVA de cuando se compro nuevo.
__________________
.
Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 06-06-2022 a las 12:04.
|