Cita:
Originalmente publicado por JMPUIG
El IEDMT no lo puedes acreditar porqué no te corresponde pagarlo, si el barco está inscrito en lista 7a ya lo pago algún anterior armador, o no estaría inscrito en 7a con pabellón español. El que tienes que acreditar es el modelo 620 por el ITP. Pero si lo tienen inscrito a tu nombre ya lo tuviste que presentar al inscribir a tu nombre, de ese si que tienes carta de pago de cuando presentaste el contrato de compra. Hace 4 años ya se hacía online.
 
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La Hoja de Asiento es precisamente el documento que permite al actual propietario acreditar, a falta de facturas o cartas de pago, que los impuestos fueron pagados en su momento, quienquiera que fuera quien los pagó.
El pago del ITP de la última compraventa se tiene que demostrar por el último propietario, pero lo previsible es que éste tenga la carta de pago.
Saludos y
