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Antiguo 17-09-2022, 10:19
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jonam52 jonam52 esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Prohibicion Repostaje En Garrafas

la cuestión es que si uno se lee el BOE del 30 de marzo, modificado el 26 de junio para excluir de la bonificación a la nautica deportiva, se dice que son las estaciones de servicio las que son "colaboradoras" de la Agencia Tributaria para la aplicación de dicho descuento. Es decir, que la bonificación de los 20 cts se la pide la estación de servicio a la Agencia Tributaria y en cualquier caso sería la estación la que estaría cometiendo una irregularidad al pedir los 20 cts por un combustible vendido para nautica, aunque es evidente que ellos no tienen como comprobar el uso de ese combustible.... es una de las chapuzas del decreto, pero al final eso hace imposible que se pueda sancionar a uno que le pillen con una garrafa respostando su barco, en todo caso sería el que se lo ha vendido y ha pedido los 20cts/l a Hacienda el que ha cometido un fraude, porque además es "colaborador" segun la ley.

Por otra parte en dicho decreto no se especifica ningun "régimen sancionador" y para poder sancionar a alguien tiene que haber en la ley un "regimen sancionador" y si no las posibles sanciones son nulas, como ha ocurrido con muchas de las que se han puesto durante el Covid.
Lo que yo creo que es de sentido comun es que no vayamos al barco con las garrafas a la vista, que cuesta muy poco taparlas con algo y asi no damos motivos a la avidez recaudatoria de los de siempre....
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