Cita:
Originalmente publicado por Al Idrisi
La carta que han enviado dice:
Port Ginesta, 16 de septiembre de 2022
Apreciados clientes y usuarios,
Tras las últimas auditorias para la certificación de la norma internacional ISO 45001 en
Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a las indicaciones de nuestro Servicio de
Prevención Ajeno (SPA) para el necesario cumplimiento de la Coordinación de
Actividades Empresariales (CAE), según RD 171/2004 de 30 de enero en base a la Ley
31/1995 de 8 de noviembre en Prevención de Riesgos Laborales y con el objetivo de
garantizar la correcta aplicación de las citadas normativas y dar cumplimento profesional
a las mismas, en aras de una mayor seguridad en las operaciones de trabajo en el varadero
de Port Ginesta les informamos que, a partir del 01 de octubre de 2022, queda prohibido
a los particulares realizar cualquier tipo de trabajo en embarcaciones en el varadero de
Port Ginesta, siendo necesario que éstos sean realizados por empresas, trabajadores de
éstas o autónomos que estén dados de alta y validados en la plataforma de CAE de la
ACPET (Associació Catalana de Ports Esportius i Turístics).
https://www.acpet.es/pcae_avis.php
Los particulares/armadores, podrán acceder al varadero mediante una acreditación
como visitantes cumpliendo con el Reglamento del puerto, para poder revisar y controlar
los trabajos que se estén realizando en sus embarcaciones.
Aquellas empresas o trabajadores que no estén validados por la citada plataforma,
tampoco podrán acceder a trabajar dentro del recinto del varadero
|
Es tal cual.
Se ajusta a ley.
La plataforma CAE, donde tienes que registrarte si eres profesional y colgar la documentación.
Certificado epis de cada empleado.
ITA de la empresa.
Certificados de formación.
Certificados de aptitud física…
Etc..
Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk