Cita:
Originalmente publicado por jorgesanchis
Es tal cual.
Se ajusta a ley.
La plataforma CAE, donde tienes que registrarte si eres profesional y colgar la documentación.
Certificado epis de cada empleado.
ITA de la empresa.
Certificados de formación.
Certificados de aptitud física…
Etc..
Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk
|
No se ajusta a la ley porque primero no dice en que clausula de la concesión se le autoriza a la empresa concesionaria a prohibir a los armadores realizar trabajos en sus barcos y segundo, se otorga el poder de aplicar la ley de riesgos laborales a personas que no estan contratados, cosa que no se dice en ningun sitio de la ley de riesgos laborales.
Esto no es más que un chanchullo disfrazado de legalidad para que tengas que pasar por una nautica para hacer cualquier cosa en tu barco.
Para que prohiban hacer algo a los particulares en sus barcos tiene que estar escrito en algun sitio y publicado en el Boletin Oficial de Cataluña que eso es asi y que la generalitat le da a la empresa concesionaria la autorización para hacerlo. Esa es la legalidad en España, lo demás son cuentos chinos.