Re: Prohibicion Repostaje En Garrafas
En las normativas particulares de puerto que he visto, lo que prohiben es que camiones cisternas den suministro de carburante a embarcaciones en el puerto. Es decir, cierran la puerta a que empresa externas hagan negocio al margen de la sociedad concesionaria. Vamos, lógico. Incluso en puertos sin gasolinera, se podria dar un convenio con una empresa de transporte de carburante para dicho suministro en exclusiva (cómo he visto hacer en pequeños mercantes).
A partir de aquí, lo que no está prohibido, está permitido.
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