Cita:
Originalmente publicado por mazatlan
Cuando se comisa o embarga un bien ajeno es preciso designar un depositario, que responde del destino, conservación y manutención del bien embargado.
Alguien deberá responder de las consecuencias de eses naufragio.
Saludos
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Dudo mucho que haya consequencias… precisamente es uno de los problemas, nadie quiere hacerse responsable en su trabajo. Si los depositarios de embargos preventivos de este tipo se les reclamáran sus obligaciones no tendríamos casos así por doquier.