Si me permiten desde mi condición de leguleyo, la figura jurídica de la legítima defensa no tendría encaje en estos supuestos, ya que la misma requiere de una agresión ilegítima, y es difícil encajar esa conducta en un animal salvaje. Ya comente en orto post que la exención de responsabilidad viene mas por el estado de necesidad que por la legitima defensa.
Pero creo es esa una discusión menor, porque en último termino los medios de que se dispone en un barco para defenderte de un animal que esta en su medio son escasos o inútiles.
Lo que hay que exigir a los poderes públicos que investigue que medidas activas y no pasivas son eficaces para ahuyentar a los animales; no soy experto en fauna marina, pero mi conocimiento del monte en mi condición de cazador, si que me permite afirmar con total seguridad y rotundidad que todos los animales se asustan del ruido, fuego perros etc. Y ningún daño se les produce porque los mastines hagan desistir de un ataque a una manada de lobos, o uso de cañones de butano para disuadir a las aves de comerse el grano recién sembrado o al jabalí para que no levante la tierra en busca de su sustento. El defenderse con los medios de los que dispongas de un ataque debes ser el último recurso.
No navego por las zonas afectadas, pero si tuviera que enfrentarme a ese problema, y tuviera que elegir entre unos petardos y llevar mi rifle, me quedaba con los petardos.
Van unas copas que es Viernes.
Saludos
