Cita:
Originalmente publicado por Patronmouro
A ver, los amarres se conceden a la persona,al menos en Cantabria. pero eso sí,debe tener una embarcación para amarrar. De hecho, te piden ,no sólo los papeles, sino el seguro de la misma, con cláusula de remoción de restos, por si hay que reflotarlo por cualquier causa. Piensa que si no fuese así y no requiriesen una embarcación, alguien podría alquilar plazas y especular con ellas o sencillamente, tenerlas bloqueadas. Mientras te conceden el amarre, una vez que compras, puedes optar por dos soluciones: negociar con el vendedor y pagar su amarre hasta que te concedan el tuyo, o bien tenerlo en la marina seca del puerto. En la mayoría de los casos es bastante similar el precio en seco que en el pantalan y aprovechas para hacerle una puesta a punto y dar patente etc.  
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A ver obviamente claro que veo que se deben conceder así por la especulación y tal. Pero no sé es tan fácil como "oye que eres adjudicatario trae papeles, ah que no tienes? No problema SIGUIENTE!!!!"
Pero él no te pongo en lista porque no hay barco y no hay barco por qué no hay lista es la pescadilla que se muerde la cola. Claro que hay trucos más menos legales (picaresca la llaman) pero a mí juicio eso sí que es una especulación manteniendo las cosas dentro de una camarilla.