Vamos a ver, en mi opinión nos estamos liando entre categorias de construcción, categorias de navegación y luego navegación real.
Yo tengo un Dufour 31 bandera francesa y en puerto frances. Viene en categoria de "construcción" 2 que quiere decir navegación hasta 200 millas. Eso es lo que dice el fabricante y es sobre todo porque el deposito de agua es de 100 litros y el de gasoil de 50 y por eso el fabricante lo pone en hasta 200 millas. Eso solo depende de la habitabilidad y sobre todo de la autonomía del barco.
Luego viene la legislación de las categorias de navegación que es otra cosa y que se refiere solo a las condiciones meteorológicas que puede soportar el velero. Asi pues las más importantes son la B que dice que el velero puede soportar vientos de hasta fuerza 8, (hasta 40 nudos) y la A que es sin limite. El mio estaria en categoria B.
Pero luego viene el derecho internacional y ahi tenemos unas primeras 12 millas que son de soberania de cada estado, otras 12 millas más en las que el estado tiene competencias en aduanas y prevención de delitos como tráfico de drogas, etc... y luego hasta las 200 millas que es la zona de económica exclusiva, en la que se protegen intereses de pesca y de explotación del subsuelo como plataformas petrolíferas, etc...
Quiero decir con esto, que fuera de las 12 millas, los estados europeos pueden legislar lo que quieran que ni la categoria de fabricación ni la categoria de navegación se pueden aplicar legalmente porque los estados no tienen soberania en cuanto a navegación. Quiero decir que no te pueden pedir los chalecos y las bengalas y la homologación de los equipos porque no tienen competencias. A partir de las 24 millas ni siquiera te pueden multar por lo que hayas o no hayas pescado. En las primeras 12 millas y en las 12 siguientes existe el derecho de paso inocente que es que puedes navegar con otro pabellon sin tener que pedir permiso.
Por eso la gente que se cruza el atlántico con un barco categoria 2 o B o menor y no está haciendo nada ilegal puesto que no hay leyes ni autoridades que te puedan impedir navegar por aguas internacionales en el barco que tu quieras. ¿o es que a las 200 millas va a haber un gendarme que te pida la homologación de la radio? por supuesto que no, y si lo hubiera, tampoco te puede multar porque está fuera de su jurisdicción. Lo importante es en estos casos hablar con el seguro y saber que condiciones te pone el seguro para cubrirte fuera de las aguas territoriales y luego tener el barco lo mejor preparado posible para la navegación prevista, segun lo que estime conveniente cada capitan. Hoy en dia uno se puede cruzar el atlantico o el pacifico y no necesita estar preparado para vientos de más de categoria 8 porque con la electronica moderna podemos ir viendo la evolución del viento y elegir si queremos ir por una zona de más o menos viento segun si somos más valientes o no, o si llevamos niños, o si tenemos más o menos prisa y desviarnos a tiempo de las tormetas, etc....
Perdonar el "tocho" pero es que me parece que en esto caemos muchas veces en el "legalismo" de que hay un tio en un despacho de la DGMM o de su equivalente en Francia o donde sea que dice que tal barco está limitado a las 200 millas cuando no tiene competencias sobre eso ni puede legislar ni puede impedir navegar libremente ni puede multar.
Muchas birras y buen viento a todos.





:velero :