Cita:
Originalmente publicado por tony17
Lo veo razonable, pero al final es sentido común. El problema es que, como en todo, los hay con sentido común y los hay sin sentido común...
Tampoco veo el sentido de que un PY Pro y un CY Pro tengan exactamente las mismas atribuciones, pero igualmente las veo adecuadas.
Yo tenía entendido que el traslado de embarcaciones, víveres etc. es hasta 5 millas de la costa, pero en caso de llevar pasajeros (máximo 6 con tripulación), no se podía a más de 5 millas del puerto de salida.
Así que mi duda es... ¿qué es lo que realmente se puede hacer con PY/CY pro con respecto a traslado de personas?
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En el caso de los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán además patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida.
La habilitación faculta para realizar estas actividades en embarcaciones de recreo para las que tengan facultado su gobierno, incluidas aquellas matriculadas en lista 6ª, siempre con respeto a la condiciones de seguridad que sean exigible