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Antiguo 25-01-2023, 07:56
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
No le des tantas vueltas y pregúntate dos cosas:

- ¿Por que muchos españoles quieren abanderar sus barcos en el extranjero?
- ¿Por qué ningún extranjero quiere abanderar su barco en España?

Por otra parte, lo que dices no es del todo cierto: el nivel de exigencia (exigencia caprichosa e injustificada, se entiende) del pabellón polaco es claramente inferior al del español: en Polonia no hay dobles homologaciones, no hay instaladores forzosos de equipos de radiocomunicaciones, no hay ITB, no hay intervalos de revisión de balsas y radiobalizas acortados arbitrariamente e impuestos pasando por encima del criterio del fabricante, las Zonas de navegación no están relacionadas artificialmente con la categoría de diseño, no obliga a un estudio de ingeniería naval para el marcado CE postconstrucción para barcos anteriores a 1998 (la DGMC es la única que lo hace), la normativa es mucho menos tocac*j*n*s que la española (como botón de muestra basta ver los requisitos de una y otra sobre el aparejo de fondeo) y sobre todo, la Administración polaca no trata de someter a los navegantes con pabellón extranjero de la forma indecente e ilícita en que lo hace la Administración española. Y podríamos seguir...

Edito: se me olvidaban las limitaciones absurdas sobre las PLBs, que no existen en Polonia y sí en España.

Saludos y

Disculpa la tardanza en contestar a tus dos cuestiones:

.- La seunda pregunta, ni me la planteo.

.- La primera la tengo clarísima:

a) Motivos económicos.- No saldrá nunca de mi boca la desafortunada expresión "si no puede mantenerlo (poco importa la afición que sea) que no la practique." No sé cuántos euros son de ahorro.

b) Motivos practicos: Digamos que cuando decidimos cambiar de bandera tendemos a comportarnos de forma análoga, a lo que en derecho se dice, "padecer ceguera jurídica". Entendemos que nuestros propios códigos de conducta están por encima de las leyes positivizadas, y decidimos aplicar nuestras propias normas. En este caso se busca el amparo de una norma (el pabellón extranjero) que poco importa que cumplamos sus normas o no porque sabemos con absoluta certeza que el derecho sancionador de ninguno de ninguno de los dos países nos va a poder alcanzar. Podemos darle vueltas, decir medias verdades de una u otra legislación que el fondo esa es la única razón, que puede venir sumada o ligada al tema económico.

Respecto del nivel de exigencia de una u otra, creo que lo hemos hablado, y no tengo la suficiente preparación como para hacer una crítica comparativa, sin olvidar que algunas cosas que se leen como ventajas tampoco son del todo ciertas.

Y para evitar suspicacias, a mi, a 25 de enero de 2023,portar pabellón español me perjudica, porque no puedo cruzar a columbres por llevar caducadas las pilas de la linterna de la balsa...

Saludos y
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