Cita:
Originalmente publicado por Egis
NO.
Si el actor entra y ocupa un inmueble (cualquiera) es usurpación. Si sólo entra y se retira (bajo apercibimiento o sin él) es allanamiento.
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La diferencia entre allanamiento y usurpación no depende del tiempo de permanencia en el inmueble de los delincuentes.
Depende de si es la vivienda habitual del poseedor, sea propietario, arrendatario, cesionario....., o no, en el primer caso es allanamiento, en caso contrario usurpación.